La transición energética en México ha generado un interés creciente en la instalación de sistemas fotovoltaicos bajo la modalidad de Generación Distribuida, impulsada por la Ley de Transición Energética (publicada el 24 de diciembre de 2015). Este marco legal busca fomentar un aumento en el uso de energías limpias y reducir emisiones, y ha llevado a sectores comerciales, industriales y de servicios a considerar soluciones para autoconsumo eléctrico a través de fuentes renovables.
En este contexto, las centrales eléctricas en modalidad de Generación Distribuida son aquellas que generan menos de 500 kW/h, están conectadas a las redes generales de distribución y no requieren un permiso específico de la Comisión Reguladora de Energía (CRE). No obstante, de acuerdo con el Plan Nacional de Energía presentado este mes de noviembre, el límite se incrementará a 700 kW, lo que permitirá a más usuarios y empresas acceder a la generación distribuida sin necesidad de trámites adicionales, impulsando así la adopción de energías renovables en el país. Para las empresas interesadas en generar su propia energía renovable, existen tres esquemas contractuales comunes a considerar:
Contrato de Prestación de Servicios de Ingeniería, Suministro, Construcción y Puesta en Marcha (EPC)
Este modelo incluye desde el diseño de ingeniería de la central fotovoltaica hasta su puesta en marcha. Al firmar un contrato EPC, la empresa solo debe preocuparse por disfrutar de los ahorros en su recibo de energía, pero es importante considerar que:
- Una vez operativa, la planta requiere servicios de operación y mantenimiento continuos.
- La empresa debe contar con los recursos suficientes para financiar el desarrollo y la construcción de la central.
Las cláusulas más relevantes en un contrato EPC incluyen estándares de calidad, tiempos de entrega, especificaciones técnicas y garantías de desempeño. Adicionalmente, suelen cubrir definiciones de fuerza mayor y métodos de resolución de controversias. Estos elementos aseguran el cumplimiento de plazos y calidad del proyecto, a la vez que gestionan riesgos.
Contrato de Compraventa de Energía (PPA – Power Purchase Agreement)
Este tipo de contrato se celebra entre un Generador (propietario de la central) y un Comprador (consumidor de la energía generada). En un PPA, el Generador se encarga de la inversión inicial, mientras que el Comprador utiliza la energía para su autoconsumo, conectando la central a las redes generales de distribución.
Las características clave de este contrato incluyen:
- No es necesario que el Comprador financie el desarrollo de la central.
- El Comprador debe demostrar solvencia financiera para garantizar el retorno de la inversión del Generador.
- Existe la opción de adquirir la central al término del contrato, a un valor residual previamente acordado.
- El PPA es una opción atractiva para empresas que buscan minimizar la inversión inicial y se centran en consumir energía limpia sin preocuparse por la construcción o el mantenimiento inicial de la planta.
Contrato de Alquiler de Equipos o Arrendamiento Financiero
En este esquema, el propietario del proyecto arrienda el equipo de generación a un tercero interesado en beneficiarse de la generación de energía sin asumir la propiedad del activo. Existen dos modalidades:
- Arrendamiento financiero: El arrendatario puede adquirir el equipo al final del contrato.
- Arrendamiento operativo: Sin transferencia de propiedad.
Las cláusulas comunes en este tipo de contrato incluyen:
- Plazo del arrendamiento.
- Costos y términos de pago.
- Posibilidad de renovación.
- Opción de compra al finalizar el contrato (en el caso de arrendamiento financiero).
Este modelo es adecuado para empresas que prefieren flexibilidad en el uso de la tecnología, sin comprometerse con una compra inmediata.
Consideraciones Finales
Cualquiera de los esquemas mencionados implica la firma de un contrato, herramienta fundamental para gestionar riesgos y asegurar el cumplimiento de acuerdos. La correcta redacción y negociación de estos contratos requiere un conocimiento profundo de la regulación, así como la consideración de aspectos técnicos y financieros específicos del proyecto. La selección del esquema más adecuado dependerá de los objetivos y capacidades financieras de la empresa interesada.